Revolución y ciudadanía (I)


foto Edzon León


Juan Montaño Escobar
Revolución y ciudadanía, por el significado de estas dos palabras se han movilizado y se movilizan comunidades o al menos ellas están en el corazón de cualquier intento de movilización. Para las comunidades negras de las Américas hay una semántica histórico-política al asumir y activarse en términos de ‘revolución’ y ‘ciudadanía’, desde antes de las conformaciones republicanas. El fighting on arrival y el fighting for survival, de Bob Marley, canta la épica cimarrona. La apropiación legítima del correísmo (entiéndase, por la potencia del liderazgo de Rafael Vicente en movimiento PAIS) de esas dos palabras establecen una simultaneidad: significado y significante de una corriente electoral opuesta al agotado tradicionalismo de la llamada partidocracia. Este jazzman aventura un resumen: significado (la narrativa del proyecto político) y el significante (la materialidad en hechos y obras o en logos).
La ciudadanía ecuatoriana para mujeres y hombres negros, en Ecuador, aún es un proceso de construcción política individual y colectiva. Las Constituciones no deberían especialmente ‘visibilizar’ a ningún componente sociocultural, porque de la legalidad pactada se deriva la inclusión absoluta, pero no es así y el otorgamiento de la ciudadanía tenía abismos y alturas de reconocimiento; aún los tiene, a pesar de los avances. Por esas malas memorias de la sociedad mayor ecuatoriana se ha exigido que el documento constitucional prescriba que somos objetos de todos los derechos provenientes del reconocimiento de la ciudadanía ecuatoriana.
“La ciudadanía no es la nacionalidad, aunque en ciertos países estas nociones son jurídicamente indiscernibles: la segunda designa la pertenencia a un Estado nacional, mientras que la primera funda el derecho de participar […]”, escribe Alain Touraine, en ¿Qué es la democracia?, FCE, México, 2001, p. 56. Se participa cuando la sociedad mayor administradora del Estado no considera aquello un favor arbitrario, sino una práctica real de la teoría constitucional. La incorporación de la etnoeducación (así llamada por la comunidad negra de Ecuador) no termina de ser incorporada al programa educativo ministerial, negando así aquello de ‘intercultural’ como derecho pleno de ciudadanía.
“La nacionalidad crea una solidaridad de los deberes, la ciudadanía de derechos”, insiste A. Touraine, p. 56. En el Decenio Internacional de la Afrodescendencia el Estado ecuatoriano está obligado a reparar a la comunidad afroecuatoriana, pero también, casa adentro, en palabras del Abuelo Zenón, tenemos que autorrepararnos, en ambos niveles de entendimiento (estatal y comunitario) “se reconozca aquello que hemos reconstruido, mejor dicho, se respete lo que nuestros ancestros construyeron en el camino de la autorreparación”. En esencia, los gobiernos de Colombia y Ecuador, “reconozcan los distintos procesos de autorreparación que los mayores sembraron en los espacios territoriales donde les tocó vivir”. (O)

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